Las nuevas normas de la DGT entran en vigor este 1 de octubre de 2026 y cambian algunas de las reglas que conductores, motoristas, ciclistas, usuarios de patinetes y peatones deben tener en cuenta tanto en ciudad como en carretera.
La reforma procede del Real Decreto 518/2026, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que modifica el Reglamento General de Circulación para reforzar especialmente la protección de los usuarios vulnerables de la vía.
Entre las novedades hay nuevas reglas para adelantar a ciclistas, casco obligatorio para los usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), cambios para las motocicletas, una mayor protección de los peatones y nuevas obligaciones ante atascos, nieve o vehículos inmovilizados.
¿Qué cambia con las nuevas normas de la DGT?
La reforma es amplia y no afecta por igual a todos los usuarios. Estas son algunas de las principales novedades que entran en vigor el 1 de octubre de 2026:
| A quién afecta | Principal novedad |
|---|---|
| Patinetes y otros VMP | Edad mínima de 15 años y casco obligatorio |
| Ciclistas | Nuevas reglas de adelantamiento y mayor protección en ciudad |
| Motoristas | Guantes en vías interurbanas y calzado cerrado |
| Peatones | Mayor prioridad y nuevas normas en zonas urbanas |
| Conductores | Nuevas reglas ante ciclistas, vehículos inmovilizados, nieve y retenciones |
| Riders y otros profesionales | Refuerzo de las obligaciones de casco y alta visibilidad |
La Dirección General de Tráfico (DGT) explica que la reforma incorpora por primera vez al Reglamento una definición formal de usuario vulnerable de la vía. Dentro de este concepto se encuentran, entre otros, peatones, ciclistas, usuarios de VMP y conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores.
Nuevas normas para adelantar a ciclistas
Uno de los cambios que más deben tener en cuenta los conductores afecta a los adelantamientos.
Cuando se adelante a peatones, animales, vehículos de tracción animal, ciclomotores, VMP, ciclistas o grupos de ciclistas, deberá mantenerse una separación de seguridad de al menos 1,5 metros. Si la calzada dispone de más de un carril por sentido, será obligatorio realizar un cambio completo de carril.
Además, cuando el adelantamiento se produzca fuera de poblado, el vehículo deberá circular durante la maniobra al menos 20 km/h por debajo del límite de velocidad de la vía.
Por ejemplo, si el límite del tramo es de 90 km/h, el adelantamiento deberá realizarse como máximo a 70 km/h.
Los ciclistas también tienen nuevas normas en ciudad
La reforma incorpora un título específico dedicado a la circulación urbana. En ausencia de una vía o carril específico, las bicicletas circularán por la calzada y lo harán preferentemente por el centro del carril cuando las condiciones de seguridad lo permitan.
Los vehículos a motor que circulen detrás de una bicicleta en el mismo carril deberán mantener una separación mínima de cinco metros.
Además, en las calles urbanas de un solo carril limitadas a 30 km/h o menos, los ayuntamientos podrán permitir, previa señalización, que las bicicletas circulen en ambos sentidos.
También se permite a los ciclistas rebasar vehículos por la derecha o por la izquierda cuando resulte más conveniente para su seguridad y, en determinadas situaciones de tráfico o intersecciones con semáforo, avanzar hasta las zonas de espera habilitadas.
Patinetes eléctricos: edad mínima y casco obligatorio
Los vehículos de movilidad personal también cuentan desde ahora con unas reglas básicas de circulación más definidas.
La edad mínima para conducir un VMP pasa a ser de 15 años y sus usuarios deberán utilizar casco de protección homologado o certificado.
Cuando circulen entre el ocaso y la salida del sol o exista poca visibilidad, también deberán llevar al menos un elemento luminoso o reflectante que permita que sean vistos a una distancia mínima de 150 metros.
El Reglamento establece asimismo que los VMP deberán llevar siempre encendido el alumbrado. Sin embargo, existe una diferencia importante en las fechas: la obligación de utilizarlo durante el día comenzará a exigirse el 1 de octubre de 2027, un año después de la entrada en vigor de la reforma.
Los ayuntamientos seguirán teniendo capacidad para determinar mediante sus ordenanzas las vías y zonas por las que pueden circular estos vehículos.
Motos y ciclomotores: guantes y calzado cerrado
Los conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deberán utilizar guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas y calzado cerrado que cubra todo el pie en cualquier tipo de vía.
La reforma también permite habilitar determinados arcenes para la circulación de motocicletas cuando el tráfico esté detenido por congestión. Esto no significa que las motos puedan utilizar libremente cualquier arcén: los tramos deberán estar previamente habilitados y señalizados y la velocidad estará limitada a 30 km/h.
En 24log explicamos con detalle cuándo pueden circular las motos por el arcén desde el 1 de octubre de 2026 y qué condiciones establece la nueva regulación.
Qué cambia para los peatones
Los peatones adquieren un mayor protagonismo dentro de la regulación urbana. El nuevo Reglamento establece que las aceras están reservadas a la movilidad y estancia de los peatones y prohíbe, como regla general, la circulación de vehículos por ellas.
En otras zonas peatonales, los ayuntamientos podrán permitir la convivencia con bicicletas y VMP mediante sus ordenanzas, pero siempre respetando la prioridad de los peatones.
También se introduce en la normativa el concepto de zona con plataforma única de calzada y acera. En ellas, los peatones tienen prioridad de paso en cualquier punto de la calzada.
La reforma alcanza incluso a los semáforos: como norma general, en los pasos con semáforo reservado para peatones, la luz amarilla intermitente para los vehículos no podrá coincidir con una luz verde no intermitente para los peatones.
Nuevo carril de emergencia cuando hay retenciones
Las nuevas normas también regulan cómo deben colocarse los vehículos en autopistas y autovías cuando una retención provoca que circulen a paso de peatón o queden detenidos.
El objetivo es dejar un espacio libre para que puedan pasar los vehículos prioritarios. En carreteras con dos carriles por sentido, el espacio se forma entre ambos. Cuando existen tres o más carriles, se abre entre el situado más a la izquierda y el inmediatamente contiguo.
Este cambio tiene sus propias reglas y ya lo explicamos paso a paso en nuestro artículo sobre cómo formar el carril de emergencia en un atasco desde el 1 de octubre.
Qué hacer al pasar junto a un vehículo averiado o accidentado
También cambia la forma de rebasar determinados vehículos inmovilizados en la calzada.
Cuando un vehículo esté detenido por una avería o accidente, o por un servicio de urgencia, auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico, los vehículos que lo rebasen deberán mantener al menos 1,5 metros de separación, incluso si para conseguirlo necesitan ocupar la parte de la calzada destinada al sentido contrario.
Además, deberán reducir su velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite de la vía.
Qué ocurre cuando nieva en autopistas y autovías
Cuando la circulación en una autopista o autovía se vea dificultada por la nieve, estará prohibido adelantar.
Los vehículos deberán circular por el carril situado más a la derecha y, en las vías con tres o más carriles por sentido, también podrá utilizarse el carril contiguo. Los restantes carriles de la izquierda deberán quedar libres para los vehículos de emergencia y las máquinas quitanieves.
Nuevas normas para riders y otros profesionales
La reforma presta especial atención a quienes utilizan determinados vehículos para trabajar.
Los conductores que desarrollen su actividad profesional utilizando motocicletas, ciclomotores, bicicletas, otros ciclos o VMP deberán llevar chaleco reflectante de alta visibilidad cuando circulen en cualquier tipo de vía.
En el caso de los profesionales que trabajan en bicicleta, el casco también será obligatorio en vías urbanas y travesías.
Cambios en el uso del cinturón de seguridad
El nuevo Reglamento revisa las excepciones que hasta ahora permitían a determinados conductores circular sin cinturón de seguridad.
La DGT señala que se eliminan varias de ellas, de manera que su uso pasa a ser obligatorio también para conductores de taxis, vehículos de mercancías y vehículos destinados a la enseñanza de la conducción.
Se mantiene una excepción específica para los pasajeros de ambulancias asistenciales que, durante un servicio de urgencia, ocupen el habitáculo del paciente para prestar asistencia sanitaria durante el trayecto.
Las autocaravanas también tienen nuevas reglas
El Reglamento incorpora condiciones específicas para considerar correctamente estacionadas las autocaravanas y otros vehículos acondicionados como vivienda.
Mientras estén estacionados no podrán extender elementos que sobresalgan del perímetro del vehículo, deberán descansar únicamente sobre los neumáticos —aunque se permiten calzos o cuñas de seguridad— y no podrán verter fluidos procedentes del habitáculo.
Caminos escolares y protección de los usuarios vulnerables
La nueva regulación reconoce expresamente los caminos o rutas escolares seguros. Los ayuntamientos o titulares de las vías podrán establecer en los entornos escolares medidas como reducciones de velocidad, calmado del tráfico o restricciones a vehículos a motor.
También deberán adoptarse medidas específicas de protección en las proximidades de centros escolares, hospitales y centros destinados a personas mayores o con discapacidad.
No todas las novedades empiezan el 1 de octubre de 2026
Aunque el Real Decreto entra en vigor el 1 de octubre, algunas obligaciones cuentan con un periodo transitorio.
Una de las más importantes afecta a los VMP: el uso del alumbrado durante el día no será exigible hasta el 1 de octubre de 2027.
También existe un periodo de un año para que los usuarios de ciclomotores dejen de utilizar cascos simplemente certificados y pasen a emplear los cascos homologados previstos en la nueva regulación.
Por eso conviene distinguir entre las normas que entran en vigor inmediatamente y aquellas para las que el propio Real Decreto establece un plazo de adaptación.
Preguntas frecuentes sobre las nuevas normas de la DGT en 2026
¿Cuáles son las nuevas normas de tráfico que entran en vigor en 2026?
Entre las nuevas normas de tráfico de 2026 están el casco obligatorio y la edad mínima de 15 años para los usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), nuevas reglas para adelantar a ciclistas y otros usuarios vulnerables, nuevas obligaciones para motoristas y cambios que afectan a peatones y ciclistas en ciudad. También se regulan situaciones como las retenciones, la circulación con nieve o el paso junto a vehículos inmovilizados. La mayoría de estas medidas entran en vigor el 1 de octubre de 2026.
¿Cuándo entran en vigor las nuevas normas de la DGT?
El Real Decreto 518/2026 entra en vigor el 1 de octubre de 2026. No obstante, algunas obligaciones cuentan con periodos transitorios. Por ejemplo, el uso del alumbrado de los VMP durante el día no será exigible hasta el 1 de octubre de 2027.
¿Hay que reducir la velocidad para adelantar a un ciclista?
Sí. Fuera de poblado, al adelantar a ciclistas y a otros usuarios incluidos en la norma, el vehículo deberá circular durante la maniobra al menos 20 km/h por debajo del límite de velocidad de la vía. Además, deberá mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros.
¿Es obligatorio llevar casco en patinete eléctrico en 2026?
Sí. Los conductores de vehículos de movilidad personal deben utilizar un casco de protección homologado o certificado. La nueva regulación también establece una edad mínima de 15 años para conducir un VMP.
¿Qué distancia hay que dejar detrás de una bicicleta en ciudad?
Cuando un vehículo a motor circule detrás de una bicicleta por el mismo carril deberá mantener una distancia de seguridad mínima de cinco metros.
¿Pueden las motos circular por el arcén desde el 1 de octubre?
Las motocicletas podrán circular por el arcén únicamente en tramos previamente habilitados y señalizados cuando los carriles estén detenidos por congestión. En estos casos deberán circular en columna de uno y a una velocidad máxima de 30 km/h.
